ley de borrón y cuenta nueva

Ley de borrón y cuenta nueva: hasta cuándo va y aspectos a tener en cuenta

Uno de lo mayores dolores de cabeza de los colombianos son los reportes ante centrales de riesgo. Cualquier reporte negativo puede implicar un obstáculo para adquirir bienes o servicios, sin importar el valor reportado debido a que este genera una “tacha” que producen que entidades como los bancos prendan sus alertas y rechacen la solicitud.

Sin lugar a duda, estas centrales de información son una gran herramienta especialmente para los bancos y para ciertas compañías, pues es información que lleva a conocer a los futuros clientes y su comportamiento en los negocios. Sin embargo, hay situaciones irregulares en las cuales es necesario acudir ante la Superintendencia de Industria y Comercio como autoridad en materia de protección de los derechos relacionados con la correcta administración de los datos personales.

Estos bancos de datos o centrales de riesgo se rigen por lo dispuesto en la Ley 1266 de 2008, una de las primeras normas que empezó a regular la protección de datos personales. No obstante, recientemente fue sancionada la ley 2157 de 2021 más conocida como la ley de borrón y cuenta nueva.

De esta manera, en GMU ABOGADOS queremos contarle los principales cambios que trajo esta norma y que tal vez sean de gran ayuda, para poder “limpiar” los reportes que figuran en estas centrales de riesgo.

Es importante mencionar que, así como existen reportes negativos existen reportes positivos, los cuales podrán permanecer de forma indefinida en los banco de datos, lo cual es favorable, si entendemos que los bancos siempre podrán ver los reportes de las obligaciones que fueron cumplidas a tiempo permitiendo acceder más fácil a los bienes o servicios.

Ahora bien, los reportes negativos son aquellos que hacen referencia a obligaciones incumplidas y estas caducaran después de 8 años desde el momento en que se entra en mora y pasado este tiempo el reporte debe ser eliminado.

¿Qué dice la Ley de borrón y cuenta nueva?

La ley de borrón y cuenta nueva establece que si se  tiene  una obligación en mora inferior al 15% de 1 salario mínimo legal mensual vigente que para el 2022 no supere los $150.000, solo se puede reportar negativamente después de 2 comunicaciones realizadas en días distintos, siempre y cuando el reporte se realice después de 20 días desde la última comunicación.

Otra situación que antes escuchábamos frecuentemente es que no era aconsejable que consultaran los reportes de las centrales de riesgo entre otras la de datacrédito, ya que esto podía desmejorar la calificación. Pues bien, con esta nueva norma, la revisión continua de la información por parte del titular o usuarios no puede ser causal de disminución de la calificación. Es decir, que para realizar estudios financieros o crediticios, no puede implicar una reducción en la calificación por haber sido consultado los reportes.

Otro punto a tener en cuenta es que de ninguna manera puede ser consultada la información que reposa en estas centrales de riesgo para la toma de decisiones en materia laboral, ya que su única finalidad es el análisis o cálculo de riesgo crediticio del titular del dato. Lo anterior, quiere decir que de ninguna manera se puede rechazar a una persona que aspire a una vacante laboral por tener un reporte negativo en las centrales de riesgo.

Estos son los principales cambios normativos que se vivieron a con la expedición de esta ley que sin duda ha sido de beneficio para muchos colombianos, sin embargo, se podrán presentar algunas situaciones en las que usted considere que le han vulnerado sus derechos. De ser así, te invitamos a que consultes con nuestros abogados, quienes te asesoran e interpondrán las acciones legales conducentes para proteger sus derechos.

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